Propuestas para el Manejo de
Bosques y Tierras con Bosques

PROYECTO LEMU - EPUYEN


por Lucas Chiappe

 

1º.- En primer lugar y mediante una Ley pertinente se deberán definir las Areas Naturales Protegidas de la Provincia, vale a decir las áreas merecedoras de un grado de protección especial debido a su belleza paisajística, su valor como banco genético, su importancia para la regulación hídrológica de las cuencas y muchas razones más, faciles de resumir para cualquier experto forestal.
Cabe acotar que este paso imprecindible de zonificación fue contemplado acertádamente por la DGByP durante la administración del Ing. Arnoldo Diaz quien preparó incluso un proyecto para la creación de una Red de Areas Naturales Protegidas y de Usos Múltiples de la provincia del Chubut en Junio de 1996.
Sin embargo ese proyecto que incluía una serie de 11 zonas específicas con detalles de su ubicación geográfica, delimitaciones, superficies y mapas satelitales fue extrañamente "cajoneado" durante los 5 años de la administración del Ing. Omar Picco.
Situación que facilitó, pertmitió y estimuló todos los conocidos desmanes ocurridos dentro de los bosques fiscales provinciales en los últimos 5 años, siendo los ejemplos más bochornosos los ocurridos en los lagos La Plata y Fontana, Lago Puelo y Lago Epuyén.
Las únicas voces de protesta por la falta de implementación de este Proyecto de Ley (que hubiera evitado el caos que hoy lamentamos los chubutenses) se elevaron desde las organizaciones no-gubernamentales cordilleranas que hicieron públicos sus reclamos una y otra vez en los medios patagónicos. Llegándose a conversar este hecho con varios diputados provinciales que manifestaron su imposibilidad de transformar el sospechoso inmobilismo del Ing Picco respecto a este tema.
Sin embargo en Agosto de 1999 el Ing. Carabelli a cargo del area de conservación del Ciefap organizó un seminario de dos días que permitió reverdecer el proyecto de la Red de ANP de la Provincia, señalándose en ese taller la necesidad de ampliar las 11 áreas propuestas en 1996, agregándole otros 4 lugares propuestos por su valor y diversidad.
Lo único que provocó este hecho fue que la DGByP consiguiera un subsidio delegara en una consultora compuesta por un excelente equipo multidisciplinario, la confección de un diagnóstico sobre la Reserva Forestal Cuartel Epuyén que recién iba a desembocar en el cambio de status de esta área 4 años más tarde, transformándola en un ANP de usos múltiples.
En definitiva, bajo nuestra óptica la implementación de esta Red de Areas Narturales Protegidas sería la única forma de garantizar la permanencia de esos bosques fiscales bajo la administración provincial, impidiendo que funcionarios inescrupulosos terminen privatizando, enajenando, vendiendo e incluso alquilando este valiosísimo patrimonio público, aduciendo el debil argumento que esos bosques fiscales se hallan dentro de los ejidos municipales administrados por ellos (uno de grandes peligros de ese engendro de Ley llamada Administradora Forestal, aprobada en la Legislatura pero afortunadamente vetada por el Poder Ejecutivo)
Todos conocemos la apetencia inmobiliaria y la codicia que despiertan los boques nativos patagónicos y nadie puede desconocer la vulnerabilidad de los administradores públicos cuando se barajan cifras altísimas como es el caso de las tierras con bosque nativos cordilleranos y/o costas de lago o ríos.
Y es por eso que consideramos una falta gravísima por parte de las autoridades gubernamentales dejar sin definir una política forestal clara con una legislatura adecuada a los tiempos en que vivimos.
NO hay excusas para demorar la sanción entonces de esta Red de ANP de la Provincia y éste debería ser el punto de inicio si lo que se quiere es regularizar la situación de descontrol existente y si se pretende legislar con una visión de futuro que apunte al beneficio del conjunto de la población y no al provecho económico de unos pocos ricos poderosos y/o influyentes como ha sido el caso hasta aquí.

Lo que proponemos entonces es:
A) Que todos los bosques fiscales libres de ocupación, en jurisdicción provincial sean declaradas Areas Protegidas y de Usos Múltiples.
B) Que las ANP que estén reservadas con anterioridad mediante Decretos del Ejecutivo, se ratifiquen definitivamente mediante ésta Ley.
C) Que las tierras forestales libres de ocupación ubicadas en jurisdicciones municipales debán considerarse áreas protegidas, siempre y cuando no tengan un destino específico documentado por Ordenanza y no se contraponga su uso con el bienestar general.

2º.- Continuar con la aplicación de la Ley 13273 y su adhesión Ley Prov.124.
Consideramos que es inutil intentar cambiar una Ley que tiene una vigencia total por otra que se dilata en el tiempo y que no tiene visos de mejorar la existente.
El falso argumento de querer cambiar esa Ley porque no se cumple no nos garantiza que la que la reemplace ponga las cosas en su lugar.
Ese argumento es el mismo que se utilizó para la aprobación de la Adiministradora Forestal aduciendo que como el Director de Bosques era un inepto había que pasar la administración de los bosques a las Municipalidades… Cuando la realidad es que lo que hay que implementar es una fiscalización estrícta y adecuada permitiendo cumplir y respetar la ley existente.
Y si un administrador poco idóneo en ese cargo obstaculiza el cumplimiento de las leyes vigentes, simplemente hay que cambiarlo por uno que actue adecuadamente.
En breve seguimos sosteniendo que la autoridad de aplicación debe seguir siendo la Dirección Prov. De Bosques y Parques quien obviamente deberá mejorar su administración..
Impidiendo que se perpetúen en sus cargos funcionarios inadecuados a través de un Consejo Consultivo vinculante que incluya a entidades idóneas y competentes en esta materia y algunas organizaciones no-gubernamentales de reconocida trayectoria en la conservación de los bosques cordilleranos, que cumplan funciones de monitoreo de esa gestión.

3) Crear dentro de la Dirección General de Bosques y Parques una Dirección de Areas Naturales Protegidas cuyo Director será designado por concurso.

.- Definir como Zona de Protección y establecer la intangibilidad de todas las tierras fiscales (provinciales y municipales) a partir de la cota 700snm a fin de preservar el recurso hídrico.
Los bosques de altura (lenga y ñire) son los máximos reguladores hídricos de las cuencas y su intangibilidad permitiría preservar las cuencas resultantes aguas abajo.

5º.- Los Títulos de Propiedad existentes, las adjudicaciones en venta y permisos precarios otorgados que contengan bosques, cualquiera sea su porcentaje sobre el total de la superficie, seguirán siendo fiscalizados y administrados por la DGByP.
Los Municipios y el IAC tendrán la obligación, previo al otorgamiento de un Permiso Precario o Adjudicación en Venta de contar con la visación de la DGByP

6º.- Todas las mensuras ubicadas al oeste de la Ruta Nacional Nº40 deberán tener para su aprobación definitiva el Visto Bueno de la DGByP.

7º.- Permisos de Corte. Tendrán prioridad los propietarios, adjudicatarios o permisionarios, no podrá un tercero sin previa autorización de los mencionados, solicitar el permiso.

8) Bosque quemado a causa de incendios forestales (96 % intencionales según esatdísticas de la DGByP). Conociendo la recurrencia de los incendios forestales provocados malintencionadamente para el aprovechamiento maderero, ganadero y últimamente incluso para la posterior cosecha de hongos de gran valor en el mercado, sugerimos prohibir de inmediato todo permiso de corte en las superficies afectadas. Consideramos que dada la desaparición del 85 % de los bosques originarios de Ciprés en la cordillera ha llegado el momento de frenar su saqueo y apuntar a la restauración de lo poco que queda de estos bosques únicos en el Planeta y que abarcaban hace tan sólo un siglo atrás todos los territoriom cordilleranos desde el Norte de la Provincia del Neuquén hasta el sur de la Provincia de Chubut.
Hoy la realidad nos indica que este valioso bien natural ha sido sobreexplotado y agotado, sin embargo la codicia maderera, ha encontrado en los incendios forestales intencionales una manera nefasta de seguir obteniendo materia prima para sus aserraderos y la recurrencia de estos fenómenos, que fue durante milenios de un incendio forestal de magnitud cada 200-300 años, se ha vuelto una constante que devora miles de hectáreas todos los años y provoca una enorme pérdida de biodiversidad, empeorando las posibilidades de subsistencia de los escasos bosques nativos que han sobrevivido a este ataque masivo.
Como es de público conocimiento las localidades de Epuyén, Lago Puelo, El Hoyo y Corcovado han sido las más castigadas en los últimos años y las estadísticas indican que esto se debió a una clara intencionalidad lo que nos permite afirmar que la política utilizada por la DGByP de permitir el aprovechamiento posterior de esa masa de bosque nativo ha sido absolutamente equivocada y ha provocado año a año un desastre ecológico dificilmente revertible en el corto plazo.
En consaecuencia exigimos que se prohiba terminantemente la tala de todo bosque quemado dentro de las áreas fiscales
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Asociación Lihuén-Antu, “Proyecto Lemu”.
Epuyén (CP 9211) Prov. de Chubut.
Fax: 02945-499050
E-mail: lemu@epuyen.net.ar