| 1º.-
En primer lugar y mediante una Ley pertinente se deberán definir
las Areas Naturales Protegidas de la Provincia, vale a decir
las áreas merecedoras de un grado de protección especial
debido a su belleza paisajística, su valor como banco genético,
su importancia para la regulación hídrológica de
las cuencas y muchas razones más, faciles de resumir para cualquier
experto forestal.
Cabe acotar que este paso imprecindible de zonificación fue contemplado
acertádamente por la DGByP durante la administración del
Ing. Arnoldo Diaz quien preparó incluso un proyecto para la creación
de una Red de Areas Naturales Protegidas y de Usos Múltiples
de la provincia del Chubut en Junio de 1996.
Sin embargo ese proyecto que incluía una serie de 11 zonas específicas
con detalles de su ubicación geográfica, delimitaciones,
superficies y mapas satelitales fue extrañamente "cajoneado"
durante los 5 años de la administración del Ing. Omar Picco.
Situación que facilitó, pertmitió y estimuló
todos los conocidos desmanes ocurridos dentro de los bosques fiscales
provinciales en los últimos 5 años, siendo los ejemplos
más bochornosos los ocurridos en los lagos La Plata y Fontana,
Lago Puelo y Lago Epuyén.
Las únicas voces de protesta por la falta de implementación
de este Proyecto de Ley (que hubiera evitado el caos que hoy lamentamos
los chubutenses) se elevaron desde las organizaciones no-gubernamentales
cordilleranas que hicieron públicos sus reclamos una y otra vez
en los medios patagónicos. Llegándose a conversar este hecho
con varios diputados provinciales que manifestaron su imposibilidad de
transformar el sospechoso inmobilismo del Ing Picco respecto a este tema.
Sin embargo en Agosto de 1999 el Ing. Carabelli a cargo del area de conservación
del Ciefap organizó un seminario de dos días que permitió
reverdecer el proyecto de la Red de ANP de la Provincia, señalándose
en ese taller la necesidad de ampliar las 11 áreas propuestas en
1996, agregándole otros 4 lugares propuestos por su valor y diversidad.
Lo único que provocó este hecho fue que la DGByP consiguiera
un subsidio delegara en una consultora compuesta por un excelente equipo
multidisciplinario, la confección de un diagnóstico sobre
la Reserva Forestal Cuartel Epuyén que recién iba a desembocar
en el cambio de status de esta área 4 años más tarde,
transformándola en un ANP de usos múltiples.
En definitiva, bajo nuestra óptica la implementación de
esta Red de Areas Narturales Protegidas sería
la única forma de garantizar la permanencia de esos bosques fiscales
bajo la administración provincial, impidiendo que funcionarios
inescrupulosos terminen privatizando, enajenando, vendiendo e incluso
alquilando este valiosísimo patrimonio público, aduciendo
el debil argumento que esos bosques fiscales se hallan dentro de los ejidos
municipales administrados por ellos (uno de grandes peligros de ese engendro
de Ley llamada Administradora Forestal, aprobada en la Legislatura pero
afortunadamente vetada por el Poder Ejecutivo)
Todos conocemos la apetencia inmobiliaria y la codicia que despiertan
los boques nativos patagónicos y nadie puede desconocer la vulnerabilidad
de los administradores públicos cuando se barajan cifras altísimas
como es el caso de las tierras con bosque nativos cordilleranos y/o costas
de lago o ríos.
Y es por eso que consideramos una falta gravísima
por parte de las autoridades gubernamentales dejar sin definir
una política forestal clara con una legislatura adecuada a los
tiempos en que vivimos.
NO hay excusas para demorar la sanción entonces de esta Red de
ANP de la Provincia y éste debería ser el punto de inicio
si lo que se quiere es regularizar la situación de descontrol existente
y si se pretende legislar con una visión de futuro que apunte al
beneficio del conjunto de la población y no al provecho económico
de unos pocos ricos poderosos y/o influyentes como ha sido el caso hasta
aquí.
Lo
que proponemos entonces es:
A) Que todos los bosques fiscales libres de ocupación,
en jurisdicción provincial sean declaradas Areas Protegidas y de
Usos Múltiples.
B) Que las ANP que estén reservadas con anterioridad mediante Decretos
del Ejecutivo, se ratifiquen definitivamente mediante ésta Ley.
C) Que las tierras forestales libres de ocupación ubicadas en jurisdicciones
municipales debán considerarse áreas protegidas, siempre
y cuando no tengan un destino específico documentado por Ordenanza
y no se contraponga su uso con el bienestar general.
2º.-
Continuar con la aplicación de la Ley 13273 y su adhesión
Ley Prov.124.
Consideramos que es inutil intentar cambiar una Ley que tiene una vigencia
total por otra que se dilata en el tiempo y que no tiene visos de mejorar
la existente.
El falso argumento de querer cambiar esa Ley porque no se cumple no nos
garantiza que la que la reemplace ponga las cosas en su lugar.
Ese argumento es el mismo que se utilizó para la aprobación
de la Adiministradora Forestal aduciendo que como el Director de Bosques
era un inepto había que pasar la administración de los bosques
a las Municipalidades… Cuando la realidad es que lo que hay que
implementar es una fiscalización estrícta y adecuada permitiendo
cumplir y respetar la ley existente.
Y si un administrador poco idóneo en ese cargo obstaculiza el cumplimiento
de las leyes vigentes, simplemente hay que cambiarlo por uno que actue
adecuadamente.
En breve seguimos sosteniendo que la autoridad de aplicación
debe seguir siendo la Dirección Prov. De Bosques y Parques quien
obviamente deberá mejorar su administración..
Impidiendo que se perpetúen en sus cargos funcionarios inadecuados
a través de un Consejo Consultivo vinculante que
incluya a entidades idóneas y competentes en esta materia y algunas
organizaciones no-gubernamentales de reconocida trayectoria en la conservación
de los bosques cordilleranos, que cumplan funciones de monitoreo de esa
gestión.
3)
Crear dentro de la Dirección General de Bosques y Parques una Dirección
de Areas Naturales Protegidas cuyo Director será designado por
concurso.
4º.-
Definir como Zona de Protección y establecer la intangibilidad
de todas las tierras fiscales (provinciales y municipales) a partir de
la cota 700snm a fin de preservar el recurso hídrico.
Los bosques de altura (lenga y ñire) son los máximos reguladores
hídricos de las cuencas y su intangibilidad permitiría preservar
las cuencas resultantes aguas abajo.
5º.-
Los Títulos de Propiedad existentes, las adjudicaciones en venta
y permisos precarios otorgados que contengan bosques, cualquiera sea su
porcentaje sobre el total de la superficie, seguirán siendo fiscalizados
y administrados por la DGByP.
Los Municipios y el IAC tendrán la obligación, previo al
otorgamiento de un Permiso Precario o Adjudicación en Venta de
contar con la visación de la DGByP
6º.-
Todas las mensuras ubicadas al oeste de la Ruta Nacional Nº40 deberán
tener para su aprobación definitiva el Visto Bueno de la DGByP.
7º.-
Permisos de Corte. Tendrán prioridad los propietarios, adjudicatarios
o permisionarios, no podrá un tercero sin previa autorización
de los mencionados, solicitar el permiso.
8)
Bosque quemado a causa de incendios forestales (96 % intencionales según
esatdísticas de la DGByP). Conociendo la recurrencia de
los incendios forestales provocados malintencionadamente para el aprovechamiento
maderero, ganadero y últimamente incluso para la posterior cosecha
de hongos de gran valor en el mercado, sugerimos prohibir de inmediato
todo permiso de corte en las superficies afectadas. Consideramos que dada
la desaparición del 85 % de los bosques originarios de Ciprés
en la cordillera ha llegado el momento de frenar su saqueo y apuntar a
la restauración de lo poco que queda de estos bosques únicos
en el Planeta y que abarcaban hace tan sólo un siglo atrás
todos los territoriom cordilleranos desde el Norte de la Provincia del
Neuquén hasta el sur de la Provincia de Chubut.
Hoy la realidad nos indica que este valioso bien natural ha sido sobreexplotado
y agotado, sin embargo la codicia maderera, ha encontrado en los incendios
forestales intencionales una manera nefasta de seguir obteniendo materia
prima para sus aserraderos y la recurrencia de estos fenómenos,
que fue durante milenios de un incendio forestal de magnitud cada 200-300
años, se ha vuelto una constante que devora miles de hectáreas
todos los años y provoca una enorme pérdida de biodiversidad,
empeorando las posibilidades de subsistencia de los escasos bosques nativos
que han sobrevivido a este ataque masivo.
Como es de público conocimiento las localidades de Epuyén,
Lago Puelo, El Hoyo y Corcovado han sido las más castigadas en
los últimos años y las estadísticas indican que esto
se debió a una clara intencionalidad lo que nos permite afirmar
que la política utilizada por la DGByP de permitir el aprovechamiento
posterior de esa masa de bosque nativo ha sido absolutamente equivocada
y ha provocado año a año un desastre ecológico dificilmente
revertible en el corto plazo.
En consaecuencia exigimos que se prohiba terminantemente la tala
de todo bosque quemado dentro de las áreas fiscales.
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